
El ministro de turno Sr. Alamiro Alfaro autorizó la detención de funcionamiento solicitada por la Superintendencia del Medio Ambiente. Fuente fotografía: https://portal.sma.gob.cl/index.php/la-serena-sma-aplica-multa-a-titular-del-restobar-el-carrete/
Ayer, 20 de enero de 2025, el Primer Tribunal Ambiental autorizó la medida provisional preprocedimental solicitada por la Superintendencia del Medio Ambiente (“SMA”), consistente en la detención total de las actividades desarrolladas en el “Restobar El Carrete”, ubicado en Avenida Cuatro Esquinas N° 56, La Serena. La medida impide el ingreso de comensales, el uso de sus espacios exteriores, la venta en local de cualquier bien o servicio, junto con reproducir música con amplificación electrónica o cualquier otra actividad que haga uso de dichos equipos, como música en vivo o el uso de animadores.
Según el fallo, el local ha acumulado 61 denuncias desde 2021, destacándose la reciente superación de hasta 26 dB(A) por encima del límite permitido en zonas clasificadas como II en horario nocturno, afectando directamente a más de 1,000 personas de la comunidad cercana.
En este sentido, la resolución establece que “[…] efectivamente existe una hipótesis infraccional al D.S. N° 38/2011, fundada en antecedentes que gozan de presunción de legal conforme con él artículo 8° de la LOSMA, consistente en la existencia de seis superaciones al límite máximo previsto para una zona II en horario nocturno”, destacando que el “[…] ‘Restobar El Carrete’, se ubica en un área poblada, existiendo una multiplicidad de denuncias, generando un riesgo para la salud de la población cercana”. Además, se puntualiza que la medida de detención de funcionamiento resulta proporcional ya que “existen numerosas denuncias, a que el local se ubica en una zona poblada, y a que el titular ha tenido una actitud persistente y contumaz de incumplimiento”.
Además, en el fallo se destacó el impacto comprobado del ruido en la salud pública, con efectos adversos como trastornos del sueño y problemas cardiovasculares, según la Organización Mundial de la Salud.