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Primer Tribunal Ambiental recibe últimos testimonios y alegatos finales en demanda de asociaciones indígenas y pescadores en contra de la Compañía Minera Doña Inés de Collahuasi

Ene 29, 2025

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Crucial audiencia en juicio de daño ambiental en Iquique: Tribunal escucha testimonios y recibe alegatos finales.

 

Durante este miércoles 29 de enero, se recibieron las últimas declaraciones en la demanda por daño ambiental de las Asociaciones Indígenas “Aymara de Caleta Chanavaya” y “Wilamasi de Pescadores Mamq´Uta, Caleta de Chanavaya”, así como de tres pescadores artesanales, en contra la Compañía Minera Doña Inés de Collahuasi, por la operación de sus instalaciones portuarias del sector de Punta Patache, ubicado aproximadamente 65 km al sur de la ciudad de Iquique. Además, en la oportunidad los Ministros del Primer Tribunal Ambiental escucharon los alegatos finales de los abogados Ladislao Quevedo, por los demandantes, y Mario Galindo, por la demandada.  

Con esta audiencia se terminó de recibir la prueba en esta causa, luego de los cual los Ministros deberán determinar si dictan medidas probatorias, en caso de existir aspectos dudosos, o bien si dejarán la causa en acuerdo con lo cual comenzaría el proceso de redacción de la sentencia.  

Cabe recordar que el 8 de enero pasado comenzó la audiencia de conciliación, prueba y alegaciones, oportunidad en que se realizó el llamado a conciliación, que se tuvo por frustrado, por lo que se procedió a recibir la declaración de los testigos expertos Rodrigo Montes Aste, Daniel Andrades Soto, Andrés Camaño Moreno, todos biólogos marinos, así como de la testigo simple, Macarena Cuevas Aravena, ingeniera comercial.  

Testimonios pendientes 

Durante la audiencia, el tribunal recibió los testimonios de expertos quienes aportaron información técnica y jurídica sobre los componentes ambientales y las posibles afectaciones en la zona, así como la configuración de la presunción de responsabilidad por daño ambiental. 

Así, testigo experto Benjamín Srain Chávez, Licenciado en Biología Marina y Doctor en Oceanografía, expuso respecto al análisis de los datos de monitoreo y estado ambiental del sector de Punta Patache. Por su parte, declaró también en calidad de testigo experto el abogado y Doctor en Derecho Hugo Botto Oakley, quien expuso su análisis sobre la presunción de responsabilidad por daño ambiental del artículo 52 de la Ley N° 19.300.  

Alegaciones finales 

Después de relato de los testigos expertos, se recibieron los alegatos finales de los abogados Ladislao Quevedo, por la parte demandante de las Asociaciones Indígenas y pescadores, y Mario Galindo, por la demandada Compañía Minera Doña Inés de Collahuasi. 

En particular, el abogado Quevedo acusó a la empresa demandada de incumplimientos graves y reiterados de sus obligaciones ambientales, señalando excedencias persistentes en la contaminación de sedimentos, una disminución del 80% en la biomasa y una reducción significativa de la biodiversidad desde 1994. Sostuvo que informes técnicos y evidencia presentada confirman escapes de material desde el puerto y superaciones en parámetros permitidos, mientras que los datos de la empresa son selectivos y carecen de comparaciones válidas. Además, destacó que la empresa no realizó estudios adecuados ni activó alertas frente a las excedencias, incumpliendo su responsabilidad como sujeto calificado. Invocó la jurisprudencia sobre el entorno adyacente para legitimar la acción de las comunidades cercanas y solicitó que se declare el daño ambiental y que se ordene su reparación material. 

El abogado Galindo, en tanto, argumentó que los demandantes no presentaron testimonios de expertos ni informes técnicos que acreditaran el daño ambiental alegado, y que la prueba documental carece de relevancia al incluir referencias extranjeras sin traducción. Sostuvo que los planes de vigilancia ambiental fueron erróneamente interpretados, ya que no tienen como propósito demostrar daño ambiental, calificando la demanda como especulativa. Además, señaló que no se ha probado el daño ambiental y que no puede presumirse la culpabilidad, ya que no existen infracciones establecidas en sede administrativa ni se han acreditado hechos fundantes que la justifiquen. Reforzó su posición con informes de la Gobernación Marítima y la Superintendencia del Medio Ambiente, que constan en el expediente y confirmarían la inexistencia de incumplimientos o denuncias relacionadas con los hechos del juicio. Por ello, solicitó el rechazo de la demanda con condena en costas. 

El proyecto 

La Compañía Minera Doña Inés de Collahuasi, conocida como Collahuasi, de propiedad de Anglo American plc (44%), Glencore (44%) y Japan Collahuasi Resources B.V. (12%), ésta última propiedad de Mitsui & Co. Ltd., opera un complejo minero ubicado en el altiplano chileno, en la Región de Tarapacá. Este complejo se dedica a la extracción y producción de concentrado y cátodos de cobre, además de concentrado de molibdeno, a partir de los yacimientos ubicados en el Distrito Minero Collahuasi, situado a 185 kilómetros al sureste de Iquique, a una altitud entre 4.000 y 4.800 metros sobre el nivel del mar. 

El concentrado de cobre extraído en esta zona es transportado mediante un mineroducto desde el sector cordillera hasta el Puerto Collahuasi, localizado en Punta Patache, 60 kilómetros al sur de Iquique. En este puerto, el concentrado de cobre y molibdeno es almacenado y preparado para su exportación, o bien trasladado por camiones para su comercialización dentro del país. 

Escucha los alegatos finales aquí: Video

 

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