La reclamación fue presentada por la Constructora Fortaleza SpA contra la resolución de la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA), que la sancionó por incumplimiento a la normativa de ruidos, ocurrida durante la construcción del Edificio Entre Sauces, ubicado en la comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana.
La acción cuestiona la excesiva duración del procedimiento administrativo, fundado en que habrían transcurrido casi tres años entre la primera fiscalización y la formulación de cargos, generando una imposibilidad material para continuar con el procedimiento.
Por otra parte, la constructora acusa que la multa es desproporcionada y se funda en una errada ponderación, así como en una presunción ilegal de intencionalidad basada solo en la experiencia y tamaño de empresa. Alega que se le castigó injustificadamente por presentar un programa de cumplimiento sin medios de verificación suficientes, los que eran imposibles de obtener atendido a que la obra ya se encontraba terminadas, ignorando también la implementación de diversas medidas de mitigación. Además, argumenta que se habría exagerado el riesgo para la salud de la población al considerar solo el nivel máximo de ruido registrado en la primera inspección, omitiendo las mediciones posteriores que demostraban una clara disminución de las emisiones.
En la reclamación se solicita revocar la resolución de la SMA y dejar sin efecto la multa de 85 Unidades Tributarias Anuales (alrededor de 73 millones de pesos), absolviendo a la empresa de los cargos imputados. En forma subsidiaria, requiere que se sustituya la sanción por una amonestación o rebajar al mínimo legal la multa aplicada.
La decisión de la Corte Suprema
Cabe señalar que este caso fue conocido primeramente por el Segundo Tribunal Ambiental, instancia que, en julio de 2024, acogió la reclamación de la Constructora Fortaleza. En contra de dicha decisión, la SMA presentó un recurso de casación argumentando que la sentencia incurría en dos errores de derecho.
En enero de 2026, la Excma. Corte Suprema acogió el recurso de casación de la SMA y anuló la sentencia del Segundo Tribunal Ambiental. Al respecto, el máximo tribunal dictó sentencia de reemplazo rechazando las alegaciones de la constructora referidas a la aplicación del decaimiento o imposibilidad para continuar con el procedimiento por su excesiva dilación, y ordenó que se resuelvan por ministros no inhabilitados las demás alegaciones.
Por lo expuesto, y constatándose la inexistencia de ministros que pudieran pronunciarse en el Segundo Tribunal Ambiental se remitieron los antecedentes al Primer Tribunal Ambiental para su conocimiento y resolución, donde será tramitada y fijada la audiencia de vista de causa
El proyecto
La faena constructiva del proyecto inmobiliario “Entre Sauces” se emplaza en calle Pedro Jesús Rodríguez N° 400, en la comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana de Santiago.
El proyecto corresponde a un conjunto habitacional emplazado en la comuna de Lo Barnechea, específicamente en la Zona J1 de su Plan Regulador Comunal, instrumento que permite usos de suelo destinados a fines residenciales, áreas verdes y espacio público.




